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Canal de Denuncias

Sanciones por no tener canal de denuncias: hasta 1.000.000€

20 de enero de 20265 min de lectura

El régimen sancionador de la Ley 2/2023

La Ley 2/2023 establece un régimen sancionador administrativo que distingue tres tipos de infracciones: leves, graves y muy graves. El organismo competente para sancionar es la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A-ISP) para el sector privado.

Tabla de sanciones

| Tipo | Multa para personas jurídicas | Conductas típicas | |------|-------------------------------|-------------------| | Leve | Hasta 100.000 € | Incumplimientos procedimentales menores | | Grave | 100.001 € – 500.000 € | No disponer de canal, no dar respuesta | | Muy grave | 500.001 € – 1.000.000 € | Represalias contra el informante |

¿Qué pasa si no tengo canal?

No disponer de canal de denuncias siendo empresa obligada se considera infracción grave, con multa de entre 100.001 y 500.000 euros. La reincidencia agrava la sanción.

El coste de la inacción vs. el de cumplir

Implementar un canal de denuncias con Veri Labo tiene un coste mensual menor que la cuota mínima de una infracción leve. El retorno de la inversión en compliance es inmediato desde la perspectiva del riesgo.

Sanciones por no tener canal de denuncias: hasta 1.000.000€ | Veri Labo