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Canal de Denuncias

Ley 2/2023 del Canal de Denuncias: todo lo que debe saber tu empresa

1 de febrero de 202610 min de lectura

¿Qué es la Ley 2/2023?

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas, transpone la Directiva Whistleblowing de la UE al ordenamiento jurídico español. Obliga a las empresas a disponer de un canal interno de denuncias que garantice la confidencialidad del informante.

¿Quién está obligado?

  • Empresas con 50 o más trabajadores: obligación inmediata
  • Empresas de entre 1 y 49 trabajadores: pueden compartir canal con otras empresas del mismo sector
  • Entidades del sector público: todas, sin límite de tamaño
  • Partidos políticos, sindicatos y fundaciones con financiación pública

Requisitos del canal de denuncias

El canal debe:

  1. Permitir denuncias escritas, orales o ambas
  2. Garantizar la confidencialidad o anonimato del denunciante
  3. Acusar recibo en 7 días naturales
  4. Dar respuesta motivada en 3 meses
  5. Estar gestionado por persona u órgano con independencia funcional

Sanciones por incumplimiento

Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con multas de hasta 1.000.000 euros para personas jurídicas en los casos más graves.